La gestión de la fianza del alquiler en Andalucía 2026 ha dado un giro importante a partir de enero de 2026. Este cambio afecta a propietarios e inquilinos y simplifica un trámite que hasta ahora se realizaba obligatoriamente ante la administración autonómica. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber, y también cómo funciona en el resto de España.
Qué cambia en Andalucía con la Ley de Vivienda 2025
Con la entrada en vigor de la fianza del alquiler en Andalucía 2026, A partir del 24 de enero los propietarios podrán conservar directamente la fianza y evitar los trámites administrativos ante la AVRA, cumpliendo siempre con la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Antes del cambio
- El propietario debía ingresar la fianza del alquiler en la AVRA mediante el Modelo 806.
- Los retrasos en la devolución por parte de la administración podían complicar la entrega al inquilino.
Después del cambio
- Ya no es necesario depositar la fianza ante la AVRA.
- El propietario conserva directamente la fianza, cumpliendo siempre con la obligación de devolverla al final del contrato, tal como exige la Ley de Arrendamientos Urbanos (artículo 36).
- Este cambio no es retroactivo: las fianzas depositadas antes del 24 de enero de 2026 no tienen que cambiar nada ni devolverse de forma diferente.
- El cambio también busca evitar sanciones y trámites innecesarios para los propietarios, agilizando la gestión del alquiler.
- Según Idealista, algunos arrendadores consideraban que el depósito ante la AVRA era un trámite lento y poco práctico, por lo que esta reforma representa una mejora en eficiencia y control de los contratos.
Este cambio busca simplificar la gestión de las fianzas y evitar conflictos entre la normativa autonómica y la ley estatal.
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Cómo funciona la fianza en otras comunidades autónomas
Aunque Andalucía ha eliminado el depósito en la administración, en otras regiones de España la situación es diferente.
Comunidades que sí exigen depósito de la fianza
- Madrid: Agencia de Vivienda Social
- Cataluña: INCASOL
- Baleares: Instituto Balear de la Vivienda
- Canarias: Instituto Canario de la Vivienda
- Extremadura, Galicia, Castilla y León y otras también requieren depósito en su organismo correspondiente
Comunidades donde no se exige depósito obligatorio
- Asturias
- Cantabria
- La Rioja
- Navarra
- Murcia
En todas las comunidades, la fianza sigue siendo obligatoria por ley estatal, aunque no siempre se deposite en un organismo público. La devolución al finalizar el contrato sigue siendo un requisito legal.
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Qué debes tener en cuenta como propietario o inquilino
- La fianza sigue siendo obligatoria aunque no se deposite en la administración.
- El cambio en Andalucía no afecta a contratos anteriores ni requiere mover fianzas ya depositadas.
- Es importante informarse de la normativa específica de cada comunidad autónoma si se alquila fuera de Andalucía.
- Los plazos de devolución y las condiciones de uso se regulan siempre por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
- El cambio también reduce la burocracia para el propietario y agiliza la entrega de la fianza al finalizar el contrato.
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