Desgravar alquiler Valencia

Cómo desgravar el alquiler en Valencia y en la Comunidad Valenciana

La Comunidad de Valencia prevé una serie de rebajas fiscales ligadas al IRPF, que permiten que parte de los pagos que realizamos en concepto de alquiler, repercutan en la Declaración de la Renta. Desgravar el alquiler en Valencia, Alicante y Castellón es posible, sin embargo, la Comunidad establece una serie de condiciones que conviene conocer. 

Incluir el alquiler en la Declaración de la Renta en la Comunidad Valenciana

Si vives en un piso de alquiler y realizas tu Declaración de la Renta en alguna de las 3 provincias de la Comunidad Valenciana, puedes incluir los pagos de tu alquiler en la Declaración anual. 

La Comunidad Valenciana establece una ayuda al alquiler, sin embargo, no se trata de una ayuda directa mensual que el inquilino cobra en su propia cuenta bancaria, esta ayuda se otorga en un solo pago, que se incluye en  el resultado de la Declaración. 

Por tanto, Hacienda incluye la ayuda una vez al año y se añade al resultado de la Declaración de la Renta.

Las condiciones para desgravar el alquiler en Valencia

Para que lo pagos del alquiler en la Comunidad Valenciana desgraven, será imprescindible cumplir con las siguientes condiciones generales:

  • Debe haber un contrato de alquiler habitual, previo al año 1998. Un alquiler que no se refiera a la residencia habitual del inquilino, no tendrá derecho a ninguna ayuda fiscal. 
  • Existe un ingreso máximo para solicitar esta ayuda, establecido en 25.000 € en tributación individual y 40.000 € en declaraciones conjuntas. 

 

Si cumples estas dos condiciones, tendrás derecho a solicitar una rebaja fiscal, en base a los siguientes criterios. 

Deducción general

A diferencia de otras Comunidades Autónomas, la Comunidad Valenciana no establece un límite de edad para percibir la ayuda fiscal para inquilinos. Existe por tanto una deducción general para cualquier persona que cumpla las dos condiciones anteriores, referidas a los ingresos y el tipo de vivienda. 

En este caso, se aplica una deducción del 15 % respecto a los pagos totales anuales del alquiler. La ayuda máxima es de 550 € anuales, por tanto, si el 15 % de tus pagos de alquiler sobrepasan esta cifra, la ayuda será de 550 €. 

Ayudas a jóvenes y personas con discapacidad

Además de la deducción general del alquiler, la Comunidad Valenciana prevé más rebajas fiscales para jóvenes y personas con discapacidad. 

Los menores de 35 años, así como personas con discapacidad física mayor al 65 % o discapacidad psíquica superior al 33 %, tendrán derecho a una deducción del 20 %, hasta un tope de 700 € anuales. 

Por tanto, todas las personas con un alquiler de vivienda habitual menores de 35 años y personas con discapacidad, podrán acogerse a una rebaja de hasta el 40 %. 

Personas jóvenes con discapacidad

Hay una tercera desgravación que incluye a personas menores de 35 años, que además tengan una discapacidad física del 65 % o superior, o una discapacidad psíquica del 33 % o superior. 

Estas personas podrán acogerse a un descuento fiscal de un 25 % respecto al pago anual del alquiler, con un máximo de 850 €. 

La fianza en los casos de desgravación por alquiler

Es importante que la Comunidad Valenciana tenga constancia de que el contrato de alquiler existe, y que se ajusta a la normativa vigente. Una de las condiciones que permiten saber que, efectivamente, hay en vigor un contrato de alquiler, es la fianza.

Depositar la fianza en un organismo público, en este caso en la Comunidad Valencia, permite que la Administración disponga de una señal de la existencia del alquiler. Además de cumplir una función administrativa, depositar la fianza en la Comunidad Valenciana permite también que sea el propio organismo regional quien medie entre ambas partes, si fuera necesario. 

Lo habitual es que sea el propietario quien disponga del dinero de la fianza, sin embargo, es recomendable que la propia Comunidad Valenciana sea la depositaria de esta cuantía.   

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