Medidas de protección ante los desahucios

Las medidas de protección ante los desahucios actualmente

Una de las variaciones más importantes de la nueva Ley de Vivienda son las medidas de protección ante los desahucios, orientadas a proteger a personas y familias vulnerables y solucionar ciertos aspectos relacionados con impagos. A continuación, evaluamos los principales cambios introducidos por la nueva Ley en relación con los desahucios. 

Establecimiento de una hora y fecha para desahucios

Llegada una situación de desahucio, será obligatorio informar acerca del momento en el que se va a ejecutar. Hasta ahora, este procedimiento podía ser llevado a cabo en cualquier momento una vez confirmada la orden del juez, sin embargo, en la actualidad es obligatorio determinar una fecha y hora determinadas. 

El sistema de arbitraje

Esta es una de las medidas más importantes de la nueva Ley de Vivienda. Ante uno o varios impagos que deriven en una petición de desahucio, se aplica un sistema de arbitraje cuyo objetivo es propiciar un acuerdo entre las partes.

Hasta ahora, una petición de desahucio por parte de propietarios o propietarias significaba la posibilidad de ejecutar un desahucio, independientemente de las condiciones de los inquilinos, ahora se tienen en cuenta otros factores que pueden retrasar o anular el desahucio. 

Por tanto, la prioridad será siempre llegar a un acuerdo entre las partes, especialmente si inquilinos e inquilinas se encuentran en una situación de vulnerabilidad. En caso de no producirse un acuerdo entre partes, será obligatorio en el caso de familias vulnerables que los servicios sociales ofrezcan alternativas habitacionales, alargando los plazos de espera para el desahucio definitivo. 

 

Prórrogas

Las nuevas condiciones relativas al sistema de arbitraje ya generan prórrogas tácitas, pero además se establecen otros períodos de espera, que pueden superar los dos años debido a la participación de los servicios sociales y a la obligatoriedad de explorar vías extrajudiciales. 

Además, también se establece una prórroga obligatoria de un año para los casos en los que se acredita una situación de vulnerabilidad social o económica. Por tanto, las personas acogidas a un contrato en vigor que se encuentren en una situación vulnerable podrán disponer de un año adicional.

¿Cómo afecta la Ley a propietarios y propietarias?

Las variaciones de la nueva normativa implican una mayor protección para inquilinos e inquilinas, especialmente aquellos que se encuentran en una situación de vulnerabilidad, sin embargo, de cara a los propietarios y propietarias supone esperas y la posibilidad de alargar los impagos. 

Debido a las evaluaciones que llevan a cabo las Administraciones, el proceso de arbitraje y las prórrogas, un desahucio puede llegar a ejecutarse pasados más de 2 años tras su solicitud, en este tiempo, los impagos se pueden multiplicar generando una deuda que para propietarios y propietarias puede ser muy importante. 

Como solución, es cierto que se establece la posibilidad de seguir un procedimiento extrajudicial, en el que ambas partes pueden llegar a un acuerdo para el cobro de las mensualidades atrasadas y los pagos futuros, sin embargo, en caso de no producirse un acuerdo la situación no solo no varía, sino que además lo más probable es que se hayan generado más impagos. 

La situación puede suponer un perjuicio para propietarios y propietarias, pero la situación se agrava aún más en el caso de inquilinos e inquilinas en situación de vulnerabilidad. 

 

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Como hemos visto, la nueva Ley de Vivienda alarga los plazos de resolución de los desahucios, en la mayoría de los casos estos procesos suelen suponer un perjuicio económico para propietarios y propietarias.

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