Aval y fianza

Las diferencias entre aval y fianza

Conocer las diferencias entre aval y fianza es importante, tanto en la compra como en el alquiler de una vivienda. En ambos casos, se trata de garantías que ofrece el comprador o el inquilino, pero se aplican en situaciones diferentes y no tienen las mismas implicaciones legales.

A continuación, vamos a analizar las diferencias entre aval y fianzas y las circunstancias en las que se pueden reclamar.   

La fianza en el alquiler de viviendas

La fianza en el alquiler de inmuebles es una señal económica, cuya cuantía se suele derivar del precio del propio alquiler, y que sirve para compensar posibles perjuicios económicos que pudieran repercutir en los propietarios, por ejemplo, el impago de la cuota mensual. 

La fianza que legalmente se puede solicitar a un inquilino es de un mes, aunque en circunstancias especiales, por ejemplo en locales comerciales, se pueden solicitar dos meses de fianza. Esta fianza puede ser custodiada por los propietarios, o por la Administración, en función de la Comunidad Autónoma en la que esté dada de alta la propiedad.    

El aval en el alquiler de viviendas

Un aval es un compromiso que se establece en caso de impago por parte de un tercero. Los avales en contratos de alquiler son poco comunes, pero se pueden dar. 

Los avales bancarios para alquiler incluyen un documento en el que un banco se compromete a satisfacer el alquiler en caso de impago. Este tipo de servicio suele ser muy costoso, aunque garantiza el cobro de la renta durante un tiempo determinado.    

Aval y fianza en la compra de viviendas

El aval es más común en la compra de viviendas. Los avales se solicitan en circunstancias en las que se toma un préstamo hipotecario y la entidad bancaria solicita una garantía. 

Lo habitual es que se avale con otra propiedad, sin embargo, es posible avalar con otros bienes o con los ingresos de un tercero, que respondería ante el banco en caso de impago hipotecario.

La fianza en la compra es menos común, pero se puede aplicar cuando se reserva una vivienda entre particulares. En este caso, los actuales propietarios solicitan una fianza a un comprador potencial, en concepto de reserva. 

Cuál es la diferencia entre aval y fianza

La diferencia entre un aval y una fianza es que técnicamente, la fianza es una figura presente en el Derecho Civil o generalista, mientras que el aval pertenece al ámbito propio del Derecho Mercantil. 

Más allá del significado técnico de los avales y las fianzas, en su aplicación práctica en el terreno inmobiliario la diferencia principal viene dada por la persona que aporta la señal. En el caso de las fianzas, en su mayoría las aporta la persona que va a disfrutar del bien, mientras que los avales inmobiliarios suelen venir de terceros (aunque no es obligatorio). 

Las responsabilidades, por tanto, también recaen en diferentes personas en función de aportar un aval o una fianza. En caso de impago, un inquilino que haya aportado una fianza va a perder parte de esta aportación, mientras que en el caso de un aval, es la persona que aporta el aval quien puede perder el bien, aunque no haga uso de la vivienda sobre la que recae el impago.   

Zazume, tu seguro de alquiler frente a impagos

En un caso de impago, en la mayoría de ocasiones la fianza no es suficiente para cubrir las pérdidas. Por ley, en los alquileres entre particulares solo se puede solicitar una fianza de un mes, por tanto, si se generan dos meses de impagos, la fianza ya no va a poder cubrir las pérdidas. 

Zazume te ofrece una alternativa diferente, se trata de un servicio de protección para propietarios, que te permite percibir tus mensualidades provenientes del alquiler pase lo que pase. En Zazume te asesoramos durante el proceso de solicitud y depósito de la fianza, para que este trámite se ajuste a la legalidad actual. Una vez solventados los trámites del contrato, nos hacemos cargo de pagar las mensualidades que dejes de percibir y realizamos los trámites necesarios para cobrar los pagos pendientes. 

Tanto las fianzas como los avales son soluciones que permiten compensar ciertas situaciones, sin embargo, no siempre suponen una solución, por ejemplo en casos en los que se producen destrozos en la vivienda. Con Zazume puedes optar a una cobertura por vandalismo de hasta 6.000 €, que puedes reclamar siempre que tus inquilinos hayan provocado destrozos en tu inmueble de alquiler y exista una situación de impago. 

Si tienes una o varias propiedades en alquiler y quieres contar con los mejores servicios de protección para propietarios, contacta con Zazume, dispones del asesoramiento de un equipo experto en gestión inmobiliaria, para que puedas tomar siempre la mejor decisión. Con Zazume, dispones de todas las coberturas que necesitas para alquilar con seguridad.                  

    

Cuáles son los motivos para no devolver la fianza
Qué es un anexo a un contrato de arrendamiento o alquiler